Le garantiza al propietario la desocupación del inmueble, en caso de que su inquilino incumpla con el Contrato de Arrendamiento.
La desocupación puede ser a través de una negociación Extrajudicial o, mediante una demanda y sentencia judicial, en cualquiera de las situaciones no existirá costo extra.
No es necesario tener un fiador.
Esta Póliza cuenta con protección ante la Ley Nacional de Extinción de Dominio